1. Introducción
No todos los permisos de estancia o residencia en España habilitan a sus titulares para trabajar en nuestro país. Por eso, a la hora de buscar la mejor manera de emigrar a España, es importante tener en cuenta los efectos de cada permiso de residencia.
Para aclarar cuáles son los permisos que sí habilitan para trabajar, te dejamos a continuación un listado que puede ayudarte a identificarlos.

2. Autorizaciones de residencia y estancia que permiten trabajar
- Permiso de Empleado : Autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena: la solicita el empleador para contratar a una persona extranjera. El contrato y la retribución deben ajustarse a la normativa laboral aplicable; esta vía tiene requisitos distintos de la autorización para profesionales altamente cualificados.
- Autorización de estudiantes (con matices): Estancia por estudios superiores: no es una autorización de residencia. Permite trabajar por cuenta ajena o propia sin solicitar una autorización laboral adicional, siempre que el trabajo sea compatible con los estudios y, como regla general, no supere las 30 horas semanales. Otras modalidades de estancia por estudios tienen condiciones diferentes.
- Arraigo Social : Arraigo social: puede solicitarse, entre otros requisitos, tras al menos dos años de permanencia continuada en España, si se acreditan los vínculos familiares exigidos con personas extranjeras residentes o la integración social mediante el informe correspondiente. La autorización concedida permite trabajar por cuenta ajena o propia.
- Visa Nómada Digital : La Visa Nómada Digital se ha implementado a finales de 2022 en el ordenamiento jurídico español y desde entonces ha sido muy popular. Esta autorización de residencia está hecha a medida para aquellos extranjeros que trabajan en remoto para una empresa extranjera.
- Arraigo Social : Existen determinados permisos que se pueden solicitar incluso cuando el interesado se encuentra presente de forma irregular en España. Si acreditas una estancia de 3 años en España, un grado suficiente de integración y medios económicos podrás solicitar este permiso.
- Arraigo Laboral : Arraigo sociolaboral: puede solicitarse, entre otros requisitos, tras al menos dos años de permanencia continuada en España y con uno o varios contratos de trabajo que sumen al menos 20 horas semanales y cumplan las condiciones salariales exigidas.
- Arraigo Familiar : Residencia para familiares de personas con nacionalidad española: existe una autorización específica para los familiares que cumplan sus requisitos, que permite trabajar por cuenta ajena o propia. No debe confundirse con el actual arraigo familiar, reservado a determinados supuestos vinculados a ciudadanos menores de la UE, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o a personas con discapacidad de esos países.
- Segunda parte del Arraigo por Formación : Arraigo socioformativo: esta modalidad está vinculada a determinadas formaciones y permite trabajar por cuenta ajena hasta un máximo de 30 horas semanales durante la vigencia de la autorización. No es necesario describirla como una «segunda parte» que empieza solo después de terminar la formación.
- Tarjeta de Familiar UE : Los efectos de la Tarjeta de Familia UE son similares a los del Arraigo Familiar, sin embargo, en este caso se deberá acreditar el vínculo familiar con un ciudadano de un país miembro de la UE no español.
Revisión jurídica: Francisco Javier Theuer Carmona, abogado colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Granada (ICAGR 7984).
Última revisión: Septiembre 2026
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