Revisado: 13 de octubre de 2026
Para solicitar el visado o la autorización de residencia de teletrabajo internacional en España, el solicitante debe acreditar medios económicos suficientes para sí mismo y para los familiares que le acompañen. Los umbrales se calculan tomando como referencia el salario mínimo interprofesional (SMI), no el IPREM. Las rentas del trabajo son la prueba principal de ingresos y, para las solicitudes de residencia ante la UGE, su guía contempla la posibilidad de acreditar con ahorros u otros ingresos líquidos la diferencia cuando esas rentas no alcancen el mínimo.
Pero ¿cuál es exactamente el monto que se debe acreditar para cumplir con el requisito de carácter económico? ¿Varía si el permiso se extiende a familiares?
Estas preguntas serán respondidas en este artículo.
Los ingresos son solo uno de los requisitos de esta autorización. Para conocer el resto de las condiciones, la documentación y el proceso de solicitud, consulta nuestra guía completa del visado de nómada digital en España.
¿Cuáles son los requisitos de ingresos para solicitar la Visa Nómada Digital?
La UGE exige para el titular el 200 % del SMI. Se añade el 75 % del SMI para el primer familiar y el 25 % por cada familiar adicional. El SMI de 2026 es de 1.221 € en 14 pagas, equivalentes a 17.094 € anuales. Estos son los importes resultantes:
| Concepto | Porcentaje del SMI | Importe anual | Equivalente mensual en 12 meses |
|---|---|---|---|
| Titular | 200 % | 34.188 € | 2.849 € |
| Primer familiar: incremento | 75 % | 12.820,50 € | 1.068,38 € |
| Cada familiar adicional: incremento | 25 % | 4.273,50 € | 356,13 € |
Por ejemplo, para un titular acompañado de un familiar, el umbral conjunto equivale a 3.917,38 € brutos mensuales. Los importes mensuales de la tabla son equivalentes en 12 meses calculados a partir del SMI anual de 2026, fijado en 14 pagas. Cambiarán cuando se modifique el SMI.
Para acreditar los recursos en una solicitud de autorización de residencia ante la UGE, se aportan las nóminas o facturas de los tres meses anteriores y un certificado bancario a nombre del titular que permita identificar los cobros correspondientes. Según la guía de la UGE, si las rentas del trabajo no alcanzan el mínimo, pueden acreditarse ahorros u otros ingresos líquidos que cubran la diferencia durante toda la vigencia de la autorización. Los ahorros no sustituyen la prueba de la relación laboral o profesional.
Revisión jurídica: Francisco Javier Theuer Carmona, abogado colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de Granada (ICAGR 7984).
Última revisión: 13 de octubre de 2026
Si quieres que revisemos tus ingresos y la documentación con la que vas a acreditarlos, consulta nuestro servicio de asistencia para el visado de nómada digital en España.
Fuentes: preguntas frecuentes de la UGE (pregunta 19); guía de la UGE para solicitudes iniciales de autorización de residencia por teletrabajo internacional (apartado «Recursos económicos»); y Real Decreto 126/2026, que fija el SMI para 2026.
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